Decreto
D.S. N° 28 de 2013, de MMA
Tipo norma:
Emisión
Contaminante normado:
MP, SO2, As, Hg
Estado normativa:
Vigente / En revisión
¿Qué son las Fundiciones de Cobre y las Fuentes Emisoras de Arsénico?
Las funciones de cobre son procesos pirometalúrgicos destinados a producir cobre a través del uso de calor para separar el cobre de otros minerales contenidos en el concentrado (sulfuros de cobre). Las principales operaciones unitarias corresponden a secado del concentrado, fusión, conversión, refinación, moldeo de ánodos, tostación, y tratamiento de escoria, lo cual se ilustra en la figura siguiente (Geoaire, 2012). Las principales fundiciones de cobre en Chile son: Chuquicamata, Altonorte, Potrerillos, Hernán Videla Lira, Ventanas, Chagres y Caletones.
Figura: Diagrama de flujo de los procesos en fundición de cobre
El D.S. N°28/2013 establece como Fuentes emisoras de Arsénico a cualquier fuente industrial emisora de As a excepción de las Fundiciones de cobre donde se realiza un tratamiento térmico de compuestos minerales o metalúrgicos de cobre y oro, cuyo contenido de As en la alimentación sea superior a 0,005% en peso en base mensual.
¿Qué contaminante emiten?
Los principales contaminantes emitidos de las fundiciones y fuentes emisoras de arsénicos corresponden a material particulado respirable (MP10 y MP2,5), SO2, As y Hg.
¿Cuáles son sus efectos en salud?
Los efectos en salud están asociados a los principales contaminantes, entre ellos los eventos agudos de crisis respiratorias, exacerbación de asma o fuertes cefaleas por altas emisiones de SO2. Entre los efectos por exposición prolongada están mortalidad prematura, bronquitis crónica, cáncer de pulmón y tráquea, cáncer a la piel y a la vegija asociado a las concentraciones de As y disminución de coeficiente intelectual en niños, ataxia (Disminución de la capacidad de coordinar los movimientos) y disfunción renal asociado a las concentraciones de Hg.
Principales medidas
Las tablas siguientes resumen los límites de emisión para los principales contaminantes:
Tabla 1: Límites máximos de emisión anual de SO2 y As para fuentes existentes.
Fundición | SO2 (ton/año) | As (ton/año) |
---|---|---|
Altonorte | 24000 | 126 |
Caletones | 47680 | 130 |
Chagres | 14400 | 35 |
Chuquicamata | 49700 | 476 |
Hernán Videla Lira | 12880 | 17 |
Potrerillos | 24400 | 157 |
Ventanas | 14650 | 48 |
Tabla2: Límites de emisión en chimenea
Chimenea de | Contaminante | Fuente existente | Fuente Nueva | Frecuencia verificación |
---|---|---|---|---|
Planta de ácido | SO2 | 600 ppm | 200 ppm | Anual |
As | 1 mg/m³N | 1 mg/m³N | Una vez al mes | |
Hg | No Aplica | 0,1 mg/m³N | Una vez al mes | |
Secador | MP | 50 mg/m³N | 30 mg/m³N | Una vez al mes |
Horno de limpieza de escoria | MP | 50 mg/m³N | 30 mg/m³N | Una vez al mes |
As | 1 mg/m³N | 1 mg/m³N | Una vez al mes |
Corresponderá el control y fiscalización del cumplimiento del presente decreto a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Mayor detalle sobre la normativa
Interpretaciones:
No presenta.
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